Gestión de Deudas
GESICO les ofrece una metodología pionera e innovadora con resultados contrastados. Nuestro sistema de trabajo se fundamenta en un experto equipo de abogados y profesionales del recobro, con más de 5 años de experiencia en el sector.
Gestión de Cobros
La empresa que nos contrata, se desentiende de los morosos que le producen pérdida de recursos, empleados, dinero y lo más importante : TIEMPO.
Informes comerciales:
GESICO elabora informes periódicos con los que la empresa conoce el porcentaje de deuda que se encuentra en gestión sobre el total de saldos pendientes. Este informe tiene el objetivo de contrastar porcentajes y conseguir que sea cada vez mayor y conocer las rentabilidades que le genera la gestión profesional de cobro.
GESTIONAMOS SUS IMPAGADOS
Si no logramos recobrar su impagado el coste para su empresa es 0€.
La empresa que nos contrata rentabiliza sus recursos en tareas más productivas y reduce los costes de impago en su cuenta de resultados.
TARIFAS (40% MENOR QUE LA MEDIA DEL SECTOR):
10% sobre la cantidad recobrada si la deuda tiene una antiguedad inferior a 2 años. 20% sobre la cantidad recobrada si la deuda tiene una antiguedad superior a 2 años. Para empresas con elevados niveles de impagados, tarifas especiales. CONTRATO
En su contenido se refleja claramente que GESICO no cobra hasta obtener el recobro de su impagado.

- Estudio económico/financiera del deudor
- Apercibimientos iniciales de pago
- Reclamaciones extra-judiciales
- Negociación con el deudor
- Burofax al domicilio social
- Localización de bienes
- Elaboración y presentación de la demanda
- Asistencia de letrado
- Oficina Virtual (ver 24h VIRTUALES)
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Cúando reclamar un impagado
Muchas empresas tienen reticencias lógicas a iniciar una reclamación de una deuda por temor a perder al cliente. GESICO al tratar individualizadamente cada caso, inicia la reclamación de forma menos agresiva y más personalizada que el resto de compañías, presentándose como el despacho jurídico encargado de la regularización de la cuenta comercial, sin presiones ni amenazas.
Sólo cuando el moroso se muestra reacio a una solución amistosa es cuando GESICO endurece sus gestiones basándose en la premisa “Quien no paga no es un cliente, es un moroso”. Además, si procede reclamación judicial, en menos de un mes tendrá presentada la demanda en el Juzgado.
Muchos impagados tras dejar saldos pendientes, una vez finalizado el procedimiento de reclamación y satisfecho el importe debido, desean reanudar la relación comercial. Por ello GESICO ofrece la posibilidad a sus clientes de enviar a una carta “reconciliadora” y mediante el servicio gestión del riesgo asesora a sus clientes sobre la viabilidad de aceptar nuevos pedidos, la forma más conveniente de formalizarlos o los medios de pago que deberá exigirle para minimizar el riesgo de impago.
GESICO ha realizado un análisis de la situación económica actual, junto con el nivel de morosidad existente en España y los plazos medios de recobro de los impagados, y ha elaborado la siguiente guía con el fin de que las empresas la adapten en la medida de lo posible a su gestión comercial y puedan fijar los plazos que les permitan reducir el riesgo interno en la gestión del impagado.
Ventajas cliente GESICO
1. NUESTROS CLIENTES NO TIENEN QUE ADELANTAR GASTOS.
2. SI NO LOGRAMOS RECUPERAR
SU IMPAGADO NO LE COBRAMOS
NI UN EURO.
Con esta premisa las empresas se animan a probar nuestros servicios incluido el de 24h VIRTUALES.
3. NUESTRA TARIFA SOBRE EL IMPAGADO RECUPERADO ES UN 40% MENOR QUE LA MEDIA DEL SECTOR
Comparando las tarifas que aplican el resto de empresas del sector se confirma que GESICO aplica una tarifa un 40% menor y ofrece más servicios.
¿Por qué podemos ofrecer a nuestros clientes más servicios a menor coste que el resto del mercado?
· Porque GESICO obtiene un elevado índice de recobro
· Porque GESICO gestiona un elevado volumen de impagados por todo el territorio nacional
4. INICIAMOS LA RECLAMACIÓN DE SUS IMPAGADOS EN 24 HORAS
Una vez enviado el formulario con los datos de su impagado -Nombre, CIF y cantidad debida- en 24h comenzamos la reclamación sin necesidad de enviarnos largos formularios ni documentación original para iniciar el procedimiento.
5. ASIGNAMOS UNA CONSULTORA DE RIESGOS
De forma personal, una consultora especializada atenderá todas sus consultas además de enviarle de forma just-in time cualquier nueva comunicación sobre el estado y gestión de cada impagado.
6. PONEMOS A DISPOSICIÓN DEL CLIENTE EL SERVICIO 24H VIRTUALES
Zona privada donde nuestros clientes obtienen información sobre sus expedientes durante las 24h de forma personal y privada desde cualquier lugar geográfico en el que se encuentren.
7. NO SUBCONTRATAMOS ABOGADOS
GESICO da un servicio basado en Calidad+Rapidez+Eficacia. Con estos objetivos, GESICO trabaja con sus propios letrados, especializados por procedimiento jurídico y prestando servicio a todo el territorio nacional. Además, nuestros letrados asesoran desde el inicio cada caso, eliminando las demoras y la disminución en la calidad del servicio que se produciría si se subcontratasen letrados, tal y como gestionan otras compañías.
8. GESICO UNICA COMPAÑÍA QUE UTILIZA E-PAGO
GESICO cuenta con una herramienta pionera en el cobro de impagados permitiendo que el deudor liquide su saldo pendiente mediante tarjeta de crédito a través de esta página web.
Gestión de Cobro Procedimiento
GESICO les ofrece una metodología pionera e innovadora con resultados contrastados. Nuestro sistema de trabajo se fundamenta en un experto equipo de abogados y profesionales del recobro, con más de 5 años de experiencia en el sector.
ENVIO DE DATOS INICIALES DEL DEUDOR
Nuestros clientes pueden facilitarnos los datos de sus deudores por fax o a través de un formulario privado desde la Oficina Virtual de nuestra web. En cuanto los recibimos, enviamos un fax o e-mail confirmando el inicio de la reclamación de pago sobre dichos deudores. Nuestro método de recobro se materializa en las siguientes fases de gestión.
1. ESTUDIO ANALÍTICO
Previamente a iniciar la reclamación, GESICO realiza un estudio pormenorizado de cada caso para determinar cuál es la mejor fórmula de reclamación, qué plazos se pueden otorgar para su liquidación así como el procedimiento jurídico adecuado en caso de ser necesario.
Nuestra premisa es VALORAR CADA CASO INDIVIDUALMENTE. En la mayoría de las compañías aplican el mismo procedimiento a todos los impagados. En cambio GESICO prioriza en función de una serie de variables:
· Situación económico-financiera del deudor
· Documentos de pago entregados
· Responsabilidad del administrador
· Antigüedad de la deuda
· Importe debido, etc.
2. GESTION POR VIA AMISTOSA
GESICO contacta con el deudor por 3 medios distintos para solicitarle, en nombre de nuestro cliente, la regularización de su cuenta comercial. En todas nuestras actuaciones, promovemos la imagen de marca de nuestros clientes y mantenemos un compromiso de fidelización del deudor, tratando siempre de exponerle los motivos y pruebas que acreditan la legitimidad de la reclamación y, en caso de disconformidad, facilitándole los cauces para su resolución.
Si el deudor no tiene disposición para liquidar su deuda, volvemos a contactar e intentamos resolver las incidencias, explicándole la importancia de satisfacer la deuda lo antes posible para evitar gastos innecesarios.
3. GESTION DOCUMENTAL POR VIA EXTRA-JUDICIAL
Una vez cumplido el plazo de la fase anterior GESICO envía al domicilio social un último requerimiento de pago extra-judicial. En caso de transcurrir el plazo fijado y no obtener respuesta se pasa al departamento jurídico.
4. GESTION DESDE EL DEPARTAMENTO JURIDICO
FASE 1: Investigaciones extra-judiciales, localización de bienes del deudor y/o solvencia económica.
FASE 2: Planteamiento de las soluciones más oportunas para los intereses de nuestro cliente.
FASE 3. Estudio de la posibilidad de incluir al deudor en Registros Nacionales de Morosos.
5. RECLAMACIÓN JUDICIAL
Una vez detectada solvencia mediante la gestión previa, se propone al cliente la vía judicial.
Una vez autorizado por el cliente, se presenta el procedimiento más adecuado según las circunstancias por vía civil o incluso penal (Monitorio, Cambiario, Ordinario, Apropiación indebida, Alzamiento de bienes, Estafa, etc.).
Los únicos medios necesarios para poder iniciar un proceso en representación de nuestros clientes son:
Copias de los documentos acreditativos de la deuda (facturas, contratos, albaranes, certificaciones, etc.)
Una escritura de poder que GESICO se encarga de redactar y enviar a la notaría con la que nuestro cliente trabaje.
GESICO cuenta con un servicio específico para presentar en los casos que proceda demanda de responsabilidad contra administradores, con un 100% de casos resueltos favorablemente. Además, no subcontratamos abogados, nuestros letrados dan cobertura a todo el territorio nacional para prestar el mejor servicio con una alta calidad y efectividad.
GESICO también se hace cargo de procedimientos que ya estén iniciados judicialmente, o que estén con sentencia favorable para el cliente y no haya sido posible cobrar la deuda. Contamos con herramientas de información específicas que nos posibilitan, en muchos casos, iniciar la ejecución del embargo.
CANTIDADES RECOBRADAS
El cliente decide dónde quiere que le sean ingresadas las cantidades recuperadas. Pueden canalizarse los cobros directamente del deudor a las cuentas del cliente o a una cuenta de GESICO dedicada en exclusiva a tal fin.
GESICO ha puesto en marcha un sistema pionero en gestión de impagados con el fin de facilitar al deudor la liquidación del saldo pendiente mediante su tarjeta de crédito desde nuestra web (ver e-pago).
INCOBRABLES
Aquellos expedientes de impago que sean calificados como incobrables debido a las múltiples incidencias en boletines, a las anotaciones preventivas de embargo sobre sus bienes y/o a la paupérrima situación económico- financiera del deudor pasarán a nuestra base de control y seguimiento con el fin de que en el momento que exista una situación favorable GESICO reclame la deuda.
Comunicación al Cliente
GESICO apuesta por un servicio totalmente orientado hacia el cliente en toda la relación comercial. Cada gestión, cada contacto, cada comunicación, en definitiva, cada nueva información acerca de la gestión de sus impagados es recogida y transmitida al cliente.
· OFICINA VIRTUAL: a través de nuestra web el cliente dispone de un servicio privado que mediante una contraseña y usuario accede a toda la información de sus expedientes las 24h del día (ver 24h VIRTUALES).
· SERVICIO CGE (comunicación gestión de expediente): la consultora asignada avisa por fax o e-mail de cada nueva información registrada sobre sus expedientes de impago.
· SERVICIO CGC (comunicación gestión de cobro): la consultora asignada se pone en contacto telefónico con el cliente siempre que haya que tomar una decisión sobre un determinado expediente o siempre que la situación por su urgencia requiera una comunicación directa.
· INFORME SEGUIMIENTO : aquellos expedientes sobre los cuales el cliente desee un seguimiento más exhaustivo con elaboración de informe individual se le enviará cada 15 días.
· INFORME GLOBAL: cada mes recibirá un informe detallado sobre el estado global de los impagados en cartera.
· REUNIÓN TRIMESTRAL: aquellos clientes que deseen un contacto personal serán visitados en la fecha que mejor les convenga para exponer todo lo anteriormente detallado y lo que nuestros clientes dispongan.
· RECLAMACIÓN DEL IVA: una vez presentadas las demandas y cumplidos los requisitos establecidos en la ley para reclamar la devolución del IVA, GESICO informa a sus clientes de los plazos para su presentación. (ver Reclamar IVA impagados)
· INCOBRABLES: aquellas empresas que necesiten un certificado de insolvencia para los impagados calificados como incobrables GESICO se los facilita.
Recuperación IVA de impagados
GESICO ofrece sus servicios para que el cliente obtenga la devolución de las cuotas de IVA de las deudas en gestión.
La Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido contempla la devolución de la cuota del impuesto en el caso de que las operaciones gravadas hayan resultado incobrables y reúnan las siguientes condiciones:
· Que hayan transcurrido 2 años desde el devengo del impuesto
· Que se haya instado el cobro de la deuda mediante reclamación
judicial.
· Que el valor de la operación sea superior a 300 € (IVA excluido)
La Ley fija un plazo de 3 meses desde la finalización del periodo de 2 años, para emitir una factura rectificativa por el importe de la cuota y poder presentarla en la Agencia Tributaria, adjuntando la copia de demanda que acredite la reclamación judicial. El plazo para la presentación de la documentación es de 1 mes desde la fecha que figure en la factura rectificativa.
GESICO comunica periódicamente a sus clientes las posibles devoluciones que se pueden conseguir y envía copia de la demanda para que pueda reclamarlas a la Agencia Tributaria.
