

CREDITOS CONTRA LA MASA
Gesico se encarga de reclamar aquellas cuantías que adeudan las empresas concursadas y que se han devengado o se siguen devengando mensualmente con posterioridad al auto de admisión a trámite del concurso de acreedores (arrendamientos, alquileres, etc). En este supuesto, el concursado y la administración concursal se encuentran obligados al pago del 100 % de las cuantías adeudadas, previo requisito de formalidades en las comunicaciones e incluso mediante la presentación del correspondiente incidente concursal.
Gesico realizará las gestiones y reclamaciones legalmente establecidas para el reconocimiento y cobro de los créditos contra la masa.
• Recogida gratuita de documentación al cliente.
• Elaboración de comunicaciones.
• Envío, presentación y registro en el órgano competente.
• Control de clasificación de los créditos.
• Revisión y supervisión de pago de créditos fecha de devengo.
• Acceso a los historiales de sus expedientes las 24h a través de la Oficina Virtual.
TARIFAS CRÉDITOS CONTRA LA MASA
ANTIGÜEDAD DE LA DEUDA % SOBRE EL IMPORTE RECOBRADO:
INFERIOR A 6 MESES 10%
ENTRE 6 MESES Y 12 MESES 15%
MÁS DE 12 MESES 20%
La antigüedad de la deuda se contabiliza desde la fecha de vencimiento del primer impagado. Si Gesico no tiene éxito, el cliente no asume ningún coste.
